
SUBVENCION ADAPTACION VEHICULOS AUTOTAXI PERSONAS MOVILIDAD REDUCIDA
acipa INFORMA SOBRE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS AUTOTAXI ADAPTADOS A PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Y SU CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2011.
Aranjuez, 10 de agosto de 2011.
acipa anuncia que según publica el BOCM de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida y su convocatoria para el ejercicio 2011.
Objeto
La Consejería de
transportes e Infraestructuras, a través de la Dirección General de
transportes, podrá conceder subvenciones para la adquisición de vehículos nuevos que se dediquen a la realización de servicios de autotaxi y reúnan las características de accesibilidad definidas en esta Orden.
Requisitos que deben reunir los beneficiarios
Podrán acceder a las subvenciones quienes adquieran la propiedad de un vehículo nuevo adaptado, con la tipología y destino indicados en el artículo 1, en el período comprendido entre el 1 de enero del año anterior a la convocatoria y el 31 de octubre del año de la convocatoria, y reúnan, además, los siguientes requisitos:
a) Poseer o adquirir la titularidad de una licencia de autotaxi, expedida por algún municipio de la Comunidad de Madrid, y de la correspondiente autorización de
transporte interurbano en vehículo de turismo.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas, ni deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
c)No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Mantener la titularidad del vehículo y su destino como autotaxi durante, al menos, dos años, salvo que, previa autorización, se sustituya por otro de condiciones análogas.
e) No haber obtenido subvención de la Comunidad de Madrid para esta misma finalidad en anteriores convocatorias.
Gastos subvencionables
Se subvencionarán los costes de adquisición y acondicionamiento del vehículo, que resulten necesarios para alcanzar el objetivo de adaptación del mismo a personas con movilidad reducida, sean o no usuarias de silla de ruedas.
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención será de 4.000 euros por vehículo.
Solicitudes y documentación
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Las solicitudes se dirigirán al Director General de
transportes y se presentarán en el Registro de la Consejería de
transportes e Infraestructuras, ubicado en la calle Orense, número 60, de Madrid; en cualquier otro Registro perteneciente a la Administración de la Comunidad de Madrid, a la Administración General del Estado o a alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio; en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o por cualquier otro de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes, así como la documentación adjunta, también podrán presentarse por Internet a través del Registro Telemático de la Consejería de
transportes e Infraestructuras, para lo que es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, que podrán obtenerse a través de
www.madrid.org, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y normativa autonómica aplicable.
3. Las solicitudes se realizarán utilizando el impreso cuyo modelo figura en el Anexo II de esta Orden, que estará disponible a través de Internet en la dirección
www.madrid.org, y se acompañarán de la siguiente documentación (original o fotocopia compulsada, salvo en el caso de presentación telemática)
acipa continua con la labor informativa desde el despacho del Ayuntamiento y desde su correo electrónico (acipa2003@gmail.com) para realizar todas las gestiones de interés para los ciudadanos de Aranjuez.