
PUBLICACION DEFINITIVA REGLAMENTO SERVICIO AYUDA A DOMICILIO
acipa INFORMA SOBRE LA PUBLICACION DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
ayuda A DOMICILIO.
Aranjuez, 1 de diciembre de 2011.
acipa anuncia que según publica el BOCM de 30 de noviembre, habiéndose cumplido el preceptivo trámite de información pública y audiencia a los interesados sin haberse producido reclamación o sugerencia alguna, queda aprobada definitivamente la modificación del Reglamento de Prestación del Servicio de
ayuda a Domicilio, según lo dispuesto en el acuerdo de aprobación inicial que adoptó el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, celebrada el día 19 de abril de 2011.
Criterios de concesión.-
La gestión de la
ayuda a domicilio será competencia del Centro Municipal de Servicios Sociales.
Salvo en los casos de personas con valoración de dependencia, la valoración de la situación de necesidad de cada solicitante será competencia del equipo técnico del Centro Municipal de Servicios Sociales, previa valoración sistemática de la situación de necesidad de cada solicitante, atendiendo a los siguientes aspectos a los que se les dará puntuación máxima al objeto de evaluar la misma:
1. Autonomía personal, hasta 20 puntos: se valorarán las características personales y grado de incapacidad por deterioro físico y/o psíquico, crónico o transitorio y, en general, todas aquellas condiciones que limiten o disminuyan el desenvolvimiento personal en la vida diaria del individuo.
2. Situación socio-familiar, hasta 15 puntos: incluirá los datos del entorno familiar y las relaciones de convivencia que vendrán a determinar el grado de abandono, soledad, desarraigo, etcétera, en relación con su familiar más directa.
3. Situación socio-económica, hasta 10 puntos: contemplará los datos económicos de la unidad de convivencia. Este análisis determinará la posibilidad o no de que el usuario o su familia costeen la totalidad o parte de los servicios que precisan.
4. Otros factores sociales, hasta 5 puntos: se valorarán situaciones excepcionales de especial consideración como podrían ser circunstancias graves no recogidas en baremo, deterioro o condiciones de la vivienda que puedan afectar al grado de autonomía del solicitante, etcétera.
Se considerará que un solicitante se encuentra en situación de necesidad, al efecto de poseer el requisito necesario para ser beneficiario, cuando en la aplicación del baremo haya alcanzado una puntuación mínima una vez valorado el grado de autonomía personal y la situación socio-familiar, siempre que no haya obtenido 0 puntos por alguno de estos dos conceptos.
Si a criterio profesional se observara que el solicitante necesita
ayuda para las actividades básicas de la vida diaria de forma permanente, se informará al usuario que ha de solicitar la valoración de la dependencia en el plazo máximo de un mes.
Los interesados presentarán la solicitud y documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Aranjuez.
acipa continua con la labor informativa desde el despacho del Ayuntamiento y desde su correo electrónico (acipa2003@gmail.com) para realizar todas las gestiones de interés para los ciudadanos de Aranjuez.