"La Disposición adicional novena de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo (que entra en vigor el 1 de julio) introduce una serie de modificaciones en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local 7/85: Las declaraciones anuales de bienes y actividades serán publicadas con carácter anual, y en todo caso en el momento de la finalización del mandato, en los términos que fije el Estatuto municipal. Tales declaraciones se inscribirán en los siguientes Registros de intereses, que tendrán carácter público. Además, durante los dos años siguientes a la finalización de su mandato, a los representantes locales, les serán de aplicación en el ámbito territorial de su competencia las limitaciones al ejercicio de actividades privadas establecidas en el artículo 8 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado".
Y mira tu que no veo nada de nada en la web municipal. Si soís tan amables de indicármelo o la forma en que se puede consultar os estaría muy agradecido.


















