
LOS CIUDADANOS DE ARANJUEZ SEGUIRÁN PAGANDO EL PROYECTO CORTEFIEL
LOS RIBEREÑOS SEGUIREMOS PERDIENDO CON EL PROYECTO CORTEFIEL DEJANDO DE INGESAR MÁS DE 700.000 EUROS
La empresa Soldeva ha ganado una sentencia que hará que se aplique la bonificación del 95% en el impuesto de construcciones y se rebaje la base liquidable.
Aranjuez, 13 de septiembre de 2011
La Junta de Gobierno del 26 de julio se dio por enterada de la Sentencia que había ganado Soldeva, cuando denunció al Ayuntamiento por no aplicarle las bonificaciones que se aprobaron en las Ordenanzas Fiscales en el periodo en que se construía Cortefiel y que se reducían a ese ámbito. Soldeva compró el terreno a Cortefiel por 12 millones de euros, terrenos que había cedido el Ayuntamiento a la empresa de forma prácticamente gratuita.
Desde
acipa ya decíamos en el 2007 "En el articulo 8.1.a) se establece la bonificación del impuesto de construcciones a todas las construcciones que se hagan en el Polígono Gonzalo Chacon, sectores IX a), IX b), X y XI (Cerro de la Linterna) y en los Sectores adyacentes a estos sectores y al Raso de la Estrella. Dicha bonificación está basada en la creación de empleo. Si la bonificación es a la creación de empleo, se debería hacer en base al empleo creado y no a las zonas. Esta bonificación se podrá aplicar, por ejemplo, a Cortefiel al que ya se bonificaron los supuestos Puestos de Trabajo a cambio de suelo, sin embargo para cualquier actividad que genere empleo que no esté en las señaladas zonas no habrá ninguna
ayuda"
Desde
acipa informamos de esta sentencia que nos parece muy importante al dejar de recaudar el Ayuntamiento 700.000 euros, a pesar de que no hemos podido hacerlo antes al pasarnos las actas ya en septiembre.
Contenido de la resolución
La sentencia estima la demanda formulada por la recurrente, de manera que
- Se concede la bonificación tributaria del 95% de la cuota del ICIO por concurrir los requisitos previstos en la Ordenanza regulada del impuesto para las construcciones de especial interés para el municipio.
- Se declara la nulidad de la liquidación núm. 936/2007 del ICIO, que se había calculado erróneamente sobre un presupuesto de 18.593.672,85 euros, que incluía los costes de urbanización, el beneficio industrial y gastos generales, asï como el impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Se condena al Ayuntamiento a practicar una nueva liquidación del ICIO, aplicando la bonificación concedida del 95% sobre la cuota del impuesto y calculando la base imponible sobre un presupuesto de 11.505.441,43 euros, que es el resultado de excluir el presupuesto inicial los costes de urbanización, el beneficio industrial y gastos generales, así como el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Así que la sentencia anula la liquidación núm. 936/2007 del Impuesto de Construcciones girada por importe de 720.000 euros y a la nueva liquidación, sobre una base de 7 millones de euros menos, al no considerar las obras que estaban obligados a hacer por concurso y que ha hecho la Sociedad Local del Suelo y la Vivienda y que aún no han pagado, se le aplicará una bonificación del 95% quedando sobre los 6.000 euros y dejando de ingresar el Ayuntamiento más de 700.000 euros.